sábado, 18 de febrero de 2017

2. Presentación de la Sección: Políticas Regulatorias y Derecho Administrativo


Con el término “política regulatoria” se hace referencia a las políticas y reformas estatales que tienen por objeto regular mejor, sopesar los efectos económicos, sociales y ambientales de las normas proyectadas, generar consenso y eficacia en su aplicación. Una muestra de ello puede encontrarse, por ejemplo, en la web de la OCDE (http://www.oecd.org/department/0,3355,en_2649_34141_1_1_1_1_1,00.html).  

Al Derecho Administrativo le interesa la política regulatoria que tiene por objeto “regular mejor” y, más ampliamente, la “gobernanza” por razones diversas. De una mejor regulación, en primer lugar, se siguen muchas consecuencias para la economía, puesto que para  determinar cuáles pueden ser las prioridades de una política pública, las alternativas posibles, el grado de aceptación y consenso, la cooperación que puede suscitar y, desde luego, las consecuencias o impacto que una política, plan, programa o regulación puede generar en términos económicos, sociales o medioambientales (evaluaciones de impacto regulatorio), es necesario disponer de la información adecuada, mediante organizaciones y procedimientos administrativos bien diseñados. Por ejemplo, los procedimientos de elaboración y modificación de las normas reglamentarias, de modo que el producto final sea efectivo, responsable y generador de confianza, como consecuencia, primero, de que el procedimiento de elaboración se construya de un modo más fiable y participativo; y, segundo,  resulte menos influenciable o capturable por los intereses especiales del regulado. El prestigio, autoridad o seguridad que una norma así gestada genera produce efectos positivos en la vida económica -preocupación constante de la OCDE y la UE-, pues garantiza y atrae la competencia, la inversión y la confianza

La actualización de la regulación existente; la evaluación “ex ante” y “ex post” de la regulación; la claridad,  transparencia, racionalización y codificación del stock de normas; las buenas prácticas en la elaboración de las normas; etc. son cuestiones sumamente relevantes, que han de ser atendidas también por el Derecho Administrativo Comparado.

Las políticas regulatorias guardan también relación con la denominada “gobernanza administrativa”, entendida aquí como una abreviatura que sirve para denominar todas aquellas formas de gobierno y administración basadas predominantemente en la colaboración interadministrativa y de público-privado.





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